Desde el Juzgado de Paz se recuerda que, según lo establecido en la Ley 20/2011 del Registro Civil, ya no se expiden nuevos Libros de Familia ni se realizan duplicados de los ya existentes.
Los Libros de Familia emitidos con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley continuarán teniendo validez.
Según la nueva Ley, para la acreditación de la situación familiar, deberán solicitarse certificados literales de nacimiento, matrimonio y/o defunción.
Para cualquier información o gestión, las personas interesadas pueden dirigirse al Juzgado de Paz en su horario habitual de atención.